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Pensiones para el trabajador Derecho-habiente
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Pensiones |
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Es la cantidad en dinero a que tiene derecho un trabajador al ser pensionado, o un beneficiario de éste, en términos de la ley de pensiones y prestaciones sociales para los trabajadores al servicio del estado de San Luis Potosí. |
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Beneficiario |
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Persona designada por el trabajador en términos de los artículos 71 y 74 de la ley de pensiones vigente y en el orden establecido por el artículo 70. Jubilaciones Es el tipo de pensión a que tiene derecho un trabajador que ha acumulado un mínimo de 30 años de servicio contínuo cotizados en el caso de los hombres y 28 años de servicio contínuo cotizados en el caso de las mujeres. Edad Avanzada Es el tipo de pensión a la que tiene derecho un trabajador cuando ha cumplido 55 años de edad y ha acumulado un mínimo de 15 años de servicio continuó cotizados. Invalidez por Enfermedad General Pensión a la que tienen derecho los trabajadores que sean declarados inválidos por causas ajenas a su cargo o empleo, si tienen por lo menos diez años de servicios y hubieren contribuido al fondo de pensiones durante el mismo período. Invalidez por Riesgo de Trabajo Pensión a la que tienen derecho los trabajadores que sean declarados inválidos a causa del servicio o a consecuencia de él, sea cual fuere el tiempo que hubieren contribuido al fondo de pensiones. |